Libre de enredos de cables material

Listado libre de enredos de cables material

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    $ 8000

  • Tapas de bobinas de cablesdiametro: 2 a 1,50m

    $ 3800

  • Tipología edilicia: se permiten, sin condición del ancho del frente parcelario, edificios entre medianeras, de semiperímetro libre y de perímetro libreel centro libre de manzana podrá ser utilizado bajo cota de parcelac) edificios de perímetro libre tejido: cumplirá con las disposiciones generales del capítulo 3b) edificios de semiperímetro libre tejido: cumplirá con las disposiciones generales del capítulo 3espacio urbano: deberá atenerse a las disposiciones de franja perimetral edificable y centro libre de manzana de acuerdo al gráfico correspondienteplano límite: planta baja y dos (2) pisos o planta baja libre y tres (3) pisos frente a calle y a avenidaplano límite: planta baja y dos (2) pisos o planta baja libre y tres (3) pisos frente a calle y a avenida, o de acuerdo al perfil de la medianera existentec) las parcelas comprendidas en el poligono territorial delimitado por las siguientes calles: olavarría, san lorenzo, sarmiento, avellaneda, tucumán, rawson, las heras, garay, sarmiento y rawson, observarán un plano límite diferencial de planta baja y tres (3) pisos o planta baja libre y cuatro (4) pisos, pudiendo en ambos casos, adicionar un (1) piso siempre que se adopte un factor de ocupación de suelo (fos) menor o igual 0,5distrito residencial r4 caracter: zona destinada a la localización de uso residencial de densidad media con viviendas individuales y colectivasincremento del fa eje divisoriotodas las medidas enunciadas son meramente orientativas, las medidas exactas serán las que se expresen en el respectivo título de propiedad de cada inmueble1 caso especial a) los predios adyacentes a vías del ferrocarril observarán un retiro de fondo de cuatro metros (400m) y superficie mínima de quinientos metros cuadrados (500m2)retiro lateral obligatorio: mínimo 3b) las parcelas comprendidas en el polígono territorial delimitado por las siguientes calles: beruti, olazábal-derqui, avdaindicadores básicos: - f(ordenanza 20304) d) en las parcelas frentistas a las calles bernardo de irigoyen (acera par) entre primera junta y almafuerte, y primera junta (acera par) entre leandro nmáximo otros usos: 0retiro lateral obligatorio:mínimo 3), incluido el estímulo correspondiente a unificación parcelariastrobel, charlone, santa cruz y cabral, observarán un plano límite diferencial de siete (7,00) metros y no computarán incrementos por sobre los valores establecidos en el artículo 6000 y 120 cuotas fijas de u$s 833constitución (excluidas las parcelas frentistas), josé marmol, flote de 11,50 mtscardiel, liniers, malem y bernardo de irigoyen, no será de aplicación el artículo 3inherente a “altura máxima de edificación con planta baja libre”, razón por la cual el plano límite de los edificios proyectados será, exclusivamente, de planta baja y dos (2) pisos o de acuerdo al perfil de la medianera existente[retasado] u$s 277” (ordenanza 21040)expensas: 0 precio: 277000la altura máxima por piso no podrá superar los tres (3) metroslos precios enunciados son meramente orientativos y no contractuales, pudiéndose modificar sin previo avisodisposiciones particulares: (ordenanza 20304) a) edificios entre medianeras tejido: cumplirá con las disposiciones generales del capítulo 3usos permitidos: además del uso residencial se permiten los usos indicados en los cuadros del capítulo 5en excelente entornodelimitación: según plano de zonificación4 “indicadores básicos” respecto del factor de ocupación total (f) y la densidad poblacional neta máxima (dnmáximo uso residencial: 1subdivisión: - unidad mínima de parcela: frente mínimo de veinte metros (20a ejes divisoriomáximo sobre cota de parcela: 08 - densidad poblacional neta máxima: 450 hab/hatodas las fotos, imágenes y vídeos son meramente ilustrativos y no contractualesy densidad: de acuerdo a estímulos previstos, máximo 70%

    Mar del Plata (Buenos Aires)

  • Tipología edilicia: se permiten, sin condición del ancho del frente parcelario, edificios entre medianeras, de semiperímetro libre y de perímetro libreel centro libre de manzana podrá ser utilizado bajo cota de parcelac) edificios de perímetro libre tejido: cumplirá con las disposiciones generales del capítulo 3b) edificios de semiperímetro libre tejido: cumplirá con las disposiciones generales del capítulo 3espacio urbano: deberá atenerse a las disposiciones de franja perimetral edificable y centro libre de manzana de acuerdo al gráfico correspondienteplano límite: planta baja y dos (2) pisos o planta baja libre y tres (3) pisos frente a calle y a avenidaplano límite: planta baja y dos (2) pisos o planta baja libre y tres (3) pisos frente a calle y a avenida, o de acuerdo al perfil de la medianera existentec) las parcelas comprendidas en el poligono territorial delimitado por las siguientes calles: olavarría, san lorenzo, sarmiento, avellaneda, tucumán, rawson, las heras, garay, sarmiento y rawson, observarán un plano límite diferencial de planta baja y tres (3) pisos o planta baja libre y cuatro (4) pisos, pudiendo en ambos casos, adicionar un (1) piso siempre que se adopte un factor de ocupación de suelo (fos) menor o igual 0,5distrito residencial r4 caracter: zona destinada a la localización de uso residencial de densidad media con viviendas individuales y colectivasincremento del fa eje divisoriotodas las medidas enunciadas son meramente orientativas, las medidas exactas serán las que se expresen en el respectivo título de propiedad de cada inmueble1 caso especial a) los predios adyacentes a vías del ferrocarril observarán un retiro de fondo de cuatro metros (400m) y superficie mínima de quinientos metros cuadrados (500m2)retiro lateral obligatorio: mínimo 3b) las parcelas comprendidas en el polígono territorial delimitado por las siguientes calles: beruti, olazábal-derqui, avdaindicadores básicos: - f(ordenanza 20304) d) en las parcelas frentistas a las calles bernardo de irigoyen (acera par) entre primera junta y almafuerte, y primera junta (acera par) entre leandro nmáximo otros usos: 0retiro lateral obligatorio:mínimo 3), incluido el estímulo correspondiente a unificación parcelariastrobel, charlone, santa cruz y cabral, observarán un plano límite diferencial de siete (7,00) metros y no computarán incrementos por sobre los valores establecidos en el artículo 6constitución (excluidas las parcelas frentistas), josé marmol, fcardiel, liniers, malem y bernardo de irigoyen, no será de aplicación el artículo 3inherente a “altura máxima de edificación con planta baja libre”, razón por la cual el plano límite de los edificios proyectados será, exclusivamente, de planta baja y dos (2) pisos o de acuerdo al perfil de la medianera existente” (ordenanza 21040)la altura máxima por piso no podrá superar los tres (3) metroslos precios enunciados son meramente orientativos y no contractuales, pudiéndose modificar sin previo avisodisposiciones particulares: (ordenanza 20304) a) edificios entre medianeras tejido: cumplirá con las disposiciones generales del capítulo 3usos permitidos: además del uso residencial se permiten los usos indicados en los cuadros del capítulo 5en excelente entornodelimitación: según plano de zonificación4 “indicadores básicos” respecto del factor de ocupación total (f) y la densidad poblacional neta máxima (dnmáximo uso residencial: 1subdivisión: - unidad mínima de parcela: frente mínimo de veinte metros (20a ejes divisorioexpensas: 0 precio: 377000[retasado] lote de 11,50 mtsmáximo sobre cota de parcela: 08 - densidad poblacional neta máxima: 450 hab/hatoma en parte de pago propiedad de menor valor o metros en caso de constructora, hasta un 25% del valortodas las fotos, imágenes y vídeos son meramente ilustrativos y no contractualesy densidad: de acuerdo a estímulos previstos, máximo 70%

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  • Tipología edilicia: se permiten, sin condición del ancho del frente parcelario, edificios entre medianeras, de semiperímetro libre y de perímetro libreel centro libre de manzana podrá ser utilizado bajo cota de parcelac) edificios de perímetro libre tejido: cumplirá con las disposiciones generales del capítulo 3b) edificios de semiperímetro libre tejido: cumplirá con las disposiciones generales del capítulo 3espacio urbano: deberá atenerse a las disposiciones de franja perimetral edificable y centro libre de manzana de acuerdo al gráfico correspondienteplano límite: planta baja y dos (2) pisos o planta baja libre y tres (3) pisos frente a calle y a avenidaplano límite: planta baja y dos (2) pisos o planta baja libre y tres (3) pisos frente a calle y a avenida, o de acuerdo al perfil de la medianera existentec) las parcelas comprendidas en el poligono territorial delimitado por las siguientes calles: olavarría, san lorenzo, sarmiento, avellaneda, tucumán, rawson, las heras, garay, sarmiento y rawson, observarán un plano límite diferencial de planta baja y tres (3) pisos o planta baja libre y cuatro (4) pisos, pudiendo en ambos casos, adicionar un (1) piso siempre que se adopte un factor de ocupación de suelo (fos) menor o igual 0,5distrito residencial r4 caracter: zona destinada a la localización de uso residencial de densidad media con viviendas individuales y colectivasincremento del fexpensas: 0 ref#291604 precio: 277000a eje divisoriotodas las medidas enunciadas son meramente orientativas, las medidas exactas serán las que se expresen en el respectivo título de propiedad de cada inmueble1 caso especial a) los predios adyacentes a vías del ferrocarril observarán un retiro de fondo de cuatro metros (400m) y superficie mínima de quinientos metros cuadrados (500m2)retiro lateral obligatorio: mínimo 3b) las parcelas comprendidas en el polígono territorial delimitado por las siguientes calles: beruti, olazábal-derqui, avdaindicadores básicos: - f(ordenanza 20304) d) en las parcelas frentistas a las calles bernardo de irigoyen (acera par) entre primera junta y almafuerte, y primera junta (acera par) entre leandro nmáximo otros usos: 0retiro lateral obligatorio:mínimo 3), incluido el estímulo correspondiente a unificación parcelariastrobel, charlone, santa cruz y cabral, observarán un plano límite diferencial de siete (7,00) metros y no computarán incrementos por sobre los valores establecidos en el artículo 6000 y 120 cuotas fijas de u$s 833constitución (excluidas las parcelas frentistas), josé marmol, flote de 11,50 mtscardiel, liniers, malem y bernardo de irigoyen, no será de aplicación el artículo 3inherente a “altura máxima de edificación con planta baja libre”, razón por la cual el plano límite de los edificios proyectados será, exclusivamente, de planta baja y dos (2) pisos o de acuerdo al perfil de la medianera existente[retasado] u$s 277” (ordenanza 21040)la altura máxima por piso no podrá superar los tres (3) metroslos precios enunciados son meramente orientativos y no contractuales, pudiéndose modificar sin previo avisodisposiciones particulares: (ordenanza 20304) a) edificios entre medianeras tejido: cumplirá con las disposiciones generales del capítulo 3usos permitidos: además del uso residencial se permiten los usos indicados en los cuadros del capítulo 5en excelente entornodelimitación: según plano de zonificación4 “indicadores básicos” respecto del factor de ocupación total (f) y la densidad poblacional neta máxima (dnmáximo uso residencial: 1subdivisión: - unidad mínima de parcela: frente mínimo de veinte metros (20a ejes divisoriomáximo sobre cota de parcela: 08 - densidad poblacional neta máxima: 450 hab/hatodas las fotos, imágenes y vídeos son meramente ilustrativos y no contractualesy densidad: de acuerdo a estímulos previstos, máximo 70%

    Mar del Plata (Buenos Aires)

    $ 277000

  • Tipología edilicia: se permiten, sin condición del ancho del frente parcelario, edificios entre medianeras, de semiperímetro libre y de perímetro libreel centro libre de manzana podrá ser utilizado bajo cota de parcelac) edificios de perímetro libre tejido: cumplirá con las disposiciones generales del capítulo 3b) edificios de semiperímetro libre tejido: cumplirá con las disposiciones generales del capítulo 3espacio urbano: deberá atenerse a las disposiciones de franja perimetral edificable y centro libre de manzana de acuerdo al gráfico correspondienteplano límite: planta baja y dos (2) pisos o planta baja libre y tres (3) pisos frente a calle y a avenidaplano límite: planta baja y dos (2) pisos o planta baja libre y tres (3) pisos frente a calle y a avenida, o de acuerdo al perfil de la medianera existentec) las parcelas comprendidas en el poligono territorial delimitado por las siguientes calles: olavarría, san lorenzo, sarmiento, avellaneda, tucumán, rawson, las heras, garay, sarmiento y rawson, observarán un plano límite diferencial de planta baja y tres (3) pisos o planta baja libre y cuatro (4) pisos, pudiendo en ambos casos, adicionar un (1) piso siempre que se adopte un factor de ocupación de suelo (fos) menor o igual 0,5expensas: 0 ref#218461 precio: 337000distrito residencial r4 caracter: zona destinada a la localización de uso residencial de densidad media con viviendas individuales y colectivasincremento del fa eje divisoriotodas las medidas enunciadas son meramente orientativas, las medidas exactas serán las que se expresen en el respectivo título de propiedad de cada inmueble1 caso especial a) los predios adyacentes a vías del ferrocarril observarán un retiro de fondo de cuatro metros (400m) y superficie mínima de quinientos metros cuadrados (500m2)retiro lateral obligatorio: mínimo 3b) las parcelas comprendidas en el polígono territorial delimitado por las siguientes calles: beruti, olazábal-derqui, avdaindicadores básicos: - f(ordenanza 20304) d) en las parcelas frentistas a las calles bernardo de irigoyen (acera par) entre primera junta y almafuerte, y primera junta (acera par) entre leandro nmáximo otros usos: 0retiro lateral obligatorio:mínimo 3), incluido el estímulo correspondiente a unificación parcelariastrobel, charlone, santa cruz y cabral, observarán un plano límite diferencial de siete (7,00) metros y no computarán incrementos por sobre los valores establecidos en el artículo 6constitución (excluidas las parcelas frentistas), josé marmol, fcardiel, liniers, malem y bernardo de irigoyen, no será de aplicación el artículo 3inherente a “altura máxima de edificación con planta baja libre”, razón por la cual el plano límite de los edificios proyectados será, exclusivamente, de planta baja y dos (2) pisos o de acuerdo al perfil de la medianera existente” (ordenanza 21040)la altura máxima por piso no podrá superar los tres (3) metroslos precios enunciados son meramente orientativos y no contractuales, pudiéndose modificar sin previo avisodisposiciones particulares: (ordenanza 20304) a) edificios entre medianeras tejido: cumplirá con las disposiciones generales del capítulo 3usos permitidos: además del uso residencial se permiten los usos indicados en los cuadros del capítulo 5en excelente entornodelimitación: según plano de zonificación4 “indicadores básicos” respecto del factor de ocupación total (f) y la densidad poblacional neta máxima (dnmáximo uso residencial: 1subdivisión: - unidad mínima de parcela: frente mínimo de veinte metros (20a ejes divisorio[retasado] lote de 11,50 mtsmáximo sobre cota de parcela: 08 - densidad poblacional neta máxima: 450 hab/hatoma en parte de pago propiedad de menor valor o metros en caso de constructora, hasta un 25% del valortodas las fotos, imágenes y vídeos son meramente ilustrativos y no contractualesy densidad: de acuerdo a estímulos previstos, máximo 70%

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    $ 337000

  • Tipología edilicia: se permiten, sin condición del ancho del frente parcelario, edificios entre medianeras, de semiperímetro libre y de perímetro libreel centro libre de manzana podrá ser utilizado bajo cota de parcelac) edificios de perímetro libre tejido: cumplirá con las disposiciones generales del capítulo 3b) edificios de semiperímetro libre tejido: cumplirá con las disposiciones generales del capítulo 3espacio urbano: deberá atenerse a las disposiciones de franja perimetral edificable y centro libre de manzana de acuerdo al gráfico correspondienteplano límite: planta baja y dos (2) pisos o planta baja libre y tres (3) pisos frente a calle y a avenidaplano límite: planta baja y dos (2) pisos o planta baja libre y tres (3) pisos frente a calle y a avenida, o de acuerdo al perfil de la medianera existentec) las parcelas comprendidas en el poligono territorial delimitado por las siguientes calles: olavarría, san lorenzo, sarmiento, avellaneda, tucumán, rawson, las heras, garay, sarmiento y rawson, observarán un plano límite diferencial de planta baja y tres (3) pisos o planta baja libre y cuatro (4) pisos, pudiendo en ambos casos, adicionar un (1) piso siempre que se adopte un factor de ocupación de suelo (fos) menor o igual 0,5distrito residencial r4 caracter: zona destinada a la localización de uso residencial de densidad media con viviendas individuales y colectivasincremento del fa eje divisoriotodas las medidas enunciadas son meramente orientativas, las medidas exactas serán las que se expresen en el respectivo título de propiedad de cada inmueble1 caso especial a) los predios adyacentes a vías del ferrocarril observarán un retiro de fondo de cuatro metros (400m) y superficie mínima de quinientos metros cuadrados (500m2)retiro lateral obligatorio: mínimo 3b) las parcelas comprendidas en el polígono territorial delimitado por las siguientes calles: beruti, olazábal-derqui, avdaindicadores básicos: - f(ordenanza 20304) d) en las parcelas frentistas a las calles bernardo de irigoyen (acera par) entre primera junta y almafuerte, y primera junta (acera par) entre leandro nmáximo otros usos: 0retiro lateral obligatorio:mínimo 3), incluido el estímulo correspondiente a unificación parcelariastrobel, charlone, santa cruz y cabral, observarán un plano límite diferencial de siete (7,00) metros y no computarán incrementos por sobre los valores establecidos en el artículo 6constitución (excluidas las parcelas frentistas), josé marmol, flote de 11,50 mtscardiel, liniers, malem y bernardo de irigoyen, no será de aplicación el artículo 3inherente a “altura máxima de edificación con planta baja libre”, razón por la cual el plano límite de los edificios proyectados será, exclusivamente, de planta baja y dos (2) pisos o de acuerdo al perfil de la medianera existente000 y 60 cuotas fijas de u$s 350” (ordenanza 21040)la altura máxima por piso no podrá superar los tres (3) metroslos precios enunciados son meramente orientativos y no contractuales, pudiéndose modificar sin previo avisodisposiciones particulares: (ordenanza 20304) a) edificios entre medianeras tejido: cumplirá con las disposiciones generales del capítulo 3usos permitidos: además del uso residencial se permiten los usos indicados en los cuadros del capítulo 5en excelente entornodelimitación: según plano de zonificación4 “indicadores básicos” respecto del factor de ocupación total (f) y la densidad poblacional neta máxima (dnmáximo uso residencial: 1subdivisión: - unidad mínima de parcela: frente mínimo de veinte metros (20a ejes divisoriomáximo sobre cota de parcela: 08 - densidad poblacional neta máxima: 450 hab/hatodas las fotos, imágenes y vídeos son meramente ilustrativos y no contractualesy densidad: de acuerdo a estímulos previstos, máximo 70%

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    $ 275000

  • Tipología edilicia: se permiten edificios entre medianeras, de semiperímetro libre y de perímetro libre00m) de ancho se realizará tipología de perímetro librec) edificios de perímetro libre tejido: cumplirá con las disposiciones generales del capítulo 3b) edificios de semiperímetro libre tejido: cumplirá con las disposiciones generales del capítulo 3b) corresponderá la tipología de semiperímetro libre o perímetro libre, para parcelas cuyo ancho supere los quince metros (15el centro libre de manzana deberá ser parquizado y/o forestado y no podrá ser utilizado bajo cota de parcelaespacio urbano: deberá atenerse a las disposiciones de franja perimetral edificable y centro libre de manzana de acuerdo al gráfico correspondiente2 casos especiales d) en parcelas frentistas a vc3 se admitirá construir locales adoptando el fincremento del f8 - densidad poblacional neta máxima: (1) 150 hab/hadisposiciones particulares: a) edificios entre medianeras tejido: cumplirá con las disposiciones generales del capítulo 3a eje divisorioretiro de frente obligatorio: mínimo 5densidad poblacional neta máxima: (2) 250 hab/ha (0retiro lateral obligatorio: mínimo 3caracter: zona parque destinada a la localización de uso residencial exclusivo de baja densidad, admitiéndose hasta dos (2) viviendas por predioy densidad: no se permite, salvo por unificación de parcela (10%)00m) y hasta los veinte metros (20indicadores básicos: - f1 admisión de dos unidades de vivienda se admitirá hasta dos unidades familiares de vivienda, siempre que: 1°) la respectiva parcela cuente con conexión a red de agua y cloacas domiciliariastipología según condición de parcela: a) se admitirá cualquier tipología para parcela cuyo ancho sea de hasta quince metros (15dos de ellos con frente a la avenida edisón, y los otros dos con frente a la calle posadas(1) sin infraestructura de agua y cloacaplano límite: 72°) las superficies de ambas unidades sumadas no excedan el ftodas las medidas consignadas se considerarán según título o mensuraprecio: 330000máximo uso residencial: (2) 0) y superficie mínima de seiscientos metros cuadrados (600 m2)sobre edisón: vc3edisón y desde la calle posadasa ambos ejes divisoriosni la densidad máxima admitidos en el distritoson 4 lotes juntosy la densidad poblacional del distritoc) para parcelas superiores a los veinte metros (20máximo uso residencial: (1) 0el retiro de frente deberá ser parquizado a excepción de los accesos peatonales, vehiculares o sendas de vinculación entre ambossubdivisión: - unidad mínima de parcela: frente mínimo de veinte metros 20delimitación: según plano de zonificaciónel predio cuenta con acceso desde la avcódigo de ordenamiento territorial: r7 (con infraestructura agua y cloaca provista por osse)máximo sobre cota de parcela: 0(2) con infraestructura de agua y cloaca provista por ossea los efectos del cálculo de capacidad poblacional se considerará un (1) habitante por localfrente a calle y a avenidapodrán adherirse a las franquicias de este artículo aquellas parcelas que, no estando dentro del radio servido de agua y cloacas, obtengan un certificado de obras sanitarias mar del plata sociedad de estado, por el que conste que el mencionado servicio se brindará dentro de los treinta y seis (36) meses de su otorgamientosuman 20 metros de frente y 84,60 de fondo

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  • Tipologia edilicia: se permite sin condición del ancho del frente parcelario, edificios entre medianeras, de semiperímetro libre y de perímetro libreel centro libre de manzana podrá ser utilizado bajo cota de parcelab) edificios de semiperimetro libre tejido: cumplirá con las disposiciones generales del capítulo 3°15m a eje divisorio y relación d > h = 6 c) edificio de perimetro libre tejido: cumplirá con las disposiciones generales del capítulo 3°y densidad: de acuerdo a estímulos previstos, máximo 70% espacio urbano: deberá atenerse a las disposiciones de franja perimetral edificable y centro libre de manzana de acuerdo al gráfico correspondiente” “e) las parcelas comprendidas en el polígono territorial delimitado por las siguientes calles: rodríguez peña, olavarría, san lorenzo y güemes, en esta última vía en ambas aceras, observarán un plano límite diferencial de planta baja y dos (2) pisos o planta baja libre y tres (3) pisos1 casos especiales los apartados d) y e) conforme al siguiente texto: “d) las parcelas comprendidas en el polígono territorial delimitado por las siguientes calles: san lorenzo, olavarría, gascón y güemes, en esta última vía en ambas aceras, observarán un plano límite diferencial de planta baja y tres (3) pisos o planta baja libre y cuatro (4) pisos, pudiendo en ambos casos, adicionar un (1) piso siempre que se adopte un factor de ocupación de suelo (fos) menor o igual a 0,5retiro lateral obligatorio: mínimo 4incremento del fhoy local comerciallote en esquina comercialzonificación c3 carácter: zona destinada a la localización de usos urbanos centrales, a escala de zonas residenciales de densidad media60m, o de acuerdo al perfil de la medianera existente00m) y superficie mínima de quinientos metros cuadrados (500m2)indicadores básicos: - fb) los predios adyacentes a vías del ferrocarril observarán un retiro de fondo mínimo de cuatro metros (415m a ejes divisorios y relación d > h = 6 6retiro lateral obligatorio: mínimo a 420304 artículo 4ºsan luis y castelli00m), rigiendo para todas las tipologíasusos permitidos: además del uso residencial, se permiten los usos indicados en los cuadros del capítulo 5°plano límite: frente a calle y a avenida: 11máximo otros usos: 1disposiciones particulares: a) edificios entre medianeras tejido: cumplirá con las disposiciones generales del capítulo 3°5 - densidad poblacional neta máxima: 450 hab/ha” aviso publicado a través de pixel inmobiliario (servicio de páginas web para inmobiliarias)delimitación: según plano de zonificaciónmáximo uso residencial: 1subdivisión: - unidad mínima de parcela: frente mínimo de veinte metros (20máximo sobre cota de parcela: 01 casos especiales a) en el sector delimitado por las calles: alem desde roca hasta almafuerte (ambas aceras), almafuerte, bernardo de irigoyen (ambas aceras) y primera junta (ambas aceras) se observará un retiro de frente mínimo de tres metros (3incorpórase al artículo 6

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    $ 169000

  • Tipología edilicia: se permite sin condición del ancho del frente parcelario, edificios entre medianeras, de semiperímetro libre y de perímetro libreel centro libre de manzana podrá ser utilizado bajo cota de parcelac) edificios de perímetro libre tejido: cumplirá con las disposiciones generales del capítulo 3b) edificios de semiperímetro libre tejido: cumplirá con las disposiciones generales del capítulo 3y densidad: de acuerdo a estímulos previstos, máximo 70% espacio urbano: deberá atenerse a las disposiciones de franja perimetral edificable y centro libre de manzana, de acuerdo al gráfico correspondienteplano límite: planta baja y 5 pisos superiores frente a calle y avenida (altura máxima 18 metros), o de acuerdo al perfil de la medianera existentelibertad, a 4 de avusos permitidos: además del uso residencial, se permiten los usos indicados en los cuadros del capítulo 5disposiciones particulares: a) edificios entre medianeras tejido: cumplirá con las disposiciones generales del capítulo 300m) y superficie mínima de seiscientos metros cuadrados (600m2)indicadores básicos: - fexpensas: 0 precio: 60000distrito de equipamiento e2 caracter: zona destinada a la localización de usos urbanos de equipamiento y servicios, compatibles con uso residencial de densidad mediaretiro lateral obligatorio: mínimo 3jara y a 2 de av15m a eje divisoriosobre lote 9,95 x 18,40 - casa para reciclar y/o demoler - zona e 2 (zona destinada a la localización de usos urbanos de equipamiento y servicios, compatibles con uso residencial de densidad media) - ideal para construir viviendas multifamiliares, dúplex y/o locales - a tres cuadras de avmáximo otros usos: 1incremento de fluro - todos los servicios5 - densidad poblacional neta máxima: 450 hab/hadelimitación: según plano de zonificaciónmáximo uso residencial: 1subdivisión: - unidad mínima de parcela: frente mínimo de veinte metros (20máximo sobre cota de parcela: 0

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  • I) y centro libre de manzanab) edificios de semiperímetro libre (con o sin basamento)el centro libre de manzana podrá ser utilizado bajo cota de parcelatipología edilicia: se permiten sin condición del ancho del frente parcelario, edificios entre medianeras, de semiperímetro libre y de perímetro libre (con o sin basamento)c) edificios de perímetro libre (con o sin basamento) tejido: cumplirá con las disposiciones generales del capítulo 3espacio urbano: deberá atenerse a las disposiciones de franja perimetral edificable y centro libre de manzana de acuerdo al gráfico correspondienteindicadores basicos: - fplano límite: planta baja y 10 pisos superiores frente a calle y planta baja y 16 pisos superiores frente a avenidadesarrollado sobre lote de 10,29 x 32,91 al frente chalet de 3 ambientes: cuenta con living comedor con cocina semi integrada, dos dormitorios, baño, parque y garageincremento del fdelimitacion: según plano de zonificaciónlas medidas y superficies detalladas son aproximadas y orientativasmáximo uso residencial: 2los importes de impuestos, servicios, tasas y expensas están sujetos a ser verificados por el futuro compradorusos permitidos: además del uso residencial, se permiten los usos indicados en los cuadros del capítulo 5el resto de los indicadores debe considerarse para la totalidad de lo proyectadodisposiciones particulares: a) edificios entre medianeras tejido: cumplirá con las disposiciones generales del capítulo 3citas al 22350366166), podrá distribuirse según las necesidades del proyectista con abstracción de la línea de frente interno (lmáximo otros usos: 3para soluciones de mayor envergadura que la antedicha, retiro mínimo 5,15 metrosen planta baja la superficie ocupada por planta correspondiente a la cota de parcela, respetando el flas medidas definitivas se verán expresadas en el título de la propiedadlos valores de los inmuebles pueden ser modificados sin previo avisoplano límite: planta baja y 8 pisos superiores frente a calle y planta baja y 10 pisos superiores frente a avenida, o de acuerdo al perfil de la medianera existenteplano límite:planta baja y 8 pisos superiores frente a calle y planta baja y 10 pisos superiores frente a avenida, o de acuerdo al perfil de la medianera existentedicha flexibilidad sólo podrá aplicarse hasta la altura de + 615 metros a ejes divisorios hasta una altura edilicia máxima compuesta por planta baja y doce (12) pisos1 licencia para materializar el f0 - densidad poblacional neta máxima: 1000 hab/hatejido: cumplirá con las disposiciones generales del capítulo 3calefacción por radiadores a continuación dependencia de servicio con baño al fondo (con entrada independiente por pasillo)ph de 3 ambientes: living comedor, cocina semi integrada, dos dormitorios, baño, terraza, patio zonificación c1 distrito central c1 caracter: zona destinada a la localización de usos urbanos centrales de índole comercial, administrativa, financiera, institucional y afines, compatibles con usos residenciales de alta densidadsubdivision: - unidad mínima de parcela: frente mínimo de treinta metros (3015 metros a eje divisorio hasta una altura edilicia máxima compuesta por planta baja y doce (12) pisosexpensas: 0 ref#1043815 precio: 18000040m; a partir de dicha altura deberá recuperarse el perfil en planta correspondiente al perímetro edificable, cumpliendo a partir de allí con todos los retiros exigidos en el distrito para la tipología elegida00m) y superficie mínima de novecientos metros cuadrados (900m2)retiro lateral obligatorio: mínimo 4notas: -las imágenes adjuntas son ilustrativas y no contractualesmáximo sobre cota de parcela: 0y densidad: de acuerdo a estímulos previstos, máximo 70%

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    $ 180000

  • Tipologia edilicia: se permiten edificios entre medianeras, de semiperímetro libre y de perímetro libreel centro libre de manzana deberá ser parquizado y/o forestado y no podrá ser utilizado bajo cota de parcelaespacio urbano: deberá atenerse a las disposiciones de franja perimetral edificable y centro libre de manzana de acuerdo al gráfico correspondientezonificacion r7todos los servicios, excelente entornomáximo uso residencial:(1) 0para mas información comunicarse al (0223) 497-9966 o al (0223) 495-6031máximo uso residencial: (2) 0incremento del fy densidad: no se permite salvo por unificación de parcela (10%)subdivision: - unidad mínima de parcela: frente mínimo de veinte metros (20máximo sobre cota de parcela: 08 - densidad poblacional neta máxima: (1) 150 hab/ha00m) y superficie mínima de seiscientos metros cuadrados (600m2)ideal duplex! distrito residencial r7 caracter: zona parque destinada a la localización de uso residencial exclusivo de baja densidad, admitiéndose hasta dos (2) viviendas por predioexcelente lote en colinas de peralta ramos! en venta lote emplazado sobre calle figueroa alcorta entre soler y tripulantes del fournier de 10densidad poblacional neta máxima: (2) 250 hab/ha

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    $ 62000

  • Tipologia edilicia: se permiten, sin condición del ancho del frente parcelario, edificios entre medianeras, de semiperímetro libre y de perímetro libreel centro libre de manzana podrá ser utilizado bajo cota de parcelay densidad: de acuerdo a estímulos previstos, máximo 70% espacio urbano: deberá atenerse a las disposiciones de franja perimetral edificable y centro libre de manzana de acuerdo al gráfico correspondientese escuchan propuestas00m) y superficie mínima de setecientos cincuenta metros cuadrados (750m2)000! ideal para gran emprendimiento ediliciomáximo otros usos: 1 - densidad poblacional neta máxima: 600 hab/hasubdivision: - unidad mínima de parcela: frente mínimo de veinticinco metros (25zona destinada a la localización de uso residencial de densidad media con viviendas individuales y colectivasincremento del fa un valor en block de u$s150zonificación r3máximo uso residencial: 1máximo sobre cota de parcela: 0consulte para mas información al (0223)495-6031 o al (0223) 479-9966 precio: 55000lote de 200m2 a solo 100 metros del mar! ubicado en esquina garcía lorca y cayetano rodríguez, zona punta mogotes! posibilidad de adquirir lotes linderos de misma superficie

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  • Tipologia edilicia: se permiten, sin condición del ancho del frente parcelario, edificios entre medianeras, de semiperímetro libre y de perímetro libreel centro libre de manzana podrá ser utilizado bajo cota de parcelay densidad: de acuerdo a estímulos previstos, máximo 70% espacio urbano: deberá atenerse a las disposiciones de franja perimetral edificable y centro libre de manzana de acuerdo al gráfico correspondientemáximo otros usos: 1 - densidad poblacional neta máxima: 600 hab/ha00m) y superficie mínima de setecientos cincuenta metros cuadrados (750m2)zona destinada a la localización de uso residencial de densidad media con viviendas individuales y colectivasincremento del fubicado sobre avenida principalmáximo uso residencial: 1máximo sobre cota de parcela: 0subdivision: - unidad mínima de parcela: frente mínimo de veinticinco metros (25para mas información comunicarse al (0223) 495-6031 o al (0223) 479-9966 precio: 500000ideal emprendimiento edilicio! frente al mar !en zona punta mogotes encontramos este magnífico lote irregular con una superficie total de 1346m2

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  • Se permiten edificios entre medianeras, de semiperímetro libre y de perímetro libreel centro libre de manzana deberá ser parquizado y/o forestado y no podrá ser utilizado bajo cota de parcelaespacio urbano: deberá atenerse a las disposiciones de franja perimetral edificable y centro libre de manzana de acuerdo al gráfico correspondientemáximo uso residencial:(1) 0máximo uso residencial: (2) 0incremento del fconsulte al (0223) 495-6031 o al (0223) 479-9966y densidad: no se permite salvo por unificación de parcela (10%)el mismo cuenta con una frente de 10 metros y 25 metros de fondomáximo sobre cota de parcela: 0ubicado a 150 metros de avenida estrada, zona comercial y concurrida8 - densidad poblacional neta máxima: (1) 150 hab/hadensidad poblacional neta máxima: (2) 250 hab/haexpensas: 0 precio: 7500000m) y superficie mínima de seiscientos metros cuadrados (600m2)unidad mínima de parcela: frente mínimo de veinte metros (20zonificación r7: zona parque destinada a la localización de uso residencial exclusivo de baja densidad, admitiéndose hasta dos (2) viviendas por prediolote de 250m2 ubicado en barrio caisamar, precisamente en calle ortega y gaseet e/ julián aguirre y antonio alice

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  • Tipología edilicia: se permiten, sin condición del ancho del frente parcelario, edificios entre medianeras, de semiperímetro libre y de perímetro libreel centro libre de manzana podrá ser utilizado bajo cota de parcelaespacio urbano: deberá atenerse a las disposiciones de franja perimetral edificable y centro libre de manzana de acuerdo al gráfico correspondienteindicadores básicos: - fusos permitidos: además del uso residencial se permiten los usos indicados en los cuadros del capítulo 5delimitación: según plano de zonificaciónincremento del fmáximo uso residencial: 1subdivisión: - unidad mínima de parcela: frente mínimo de veinte metros (20máximo otros usos: 0distrito residencial r4 caracter: zona destinada a la localización de uso residencial de densidad media con viviendas individuales y colectivasmáximo sobre cota de parcela: 08 - densidad poblacional neta máxima: 450 hab/hadisposiciones particulares: a) edificios entre medianeras tejido: cumplirá con las disposiciones generales del capítulo 3plano límite: planta baja y 3 pisos superiores frente a calle y a avenida, o de acuerdo al perfil de la medianera existente00m) y superficie mínima de quinientos metros cuadrados (500m2)y densidad: de acuerdo a estímulos previstos, máximo 70%expensas: 0 precio: 100000

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  • Tipología edilicia: se permite sin condición del ancho del frente parcelario, edificios entre medianeras, de semiperímetro libre y de perímetro libreel centro libre de manzana podrá ser utilizado bajo cota de parcelab) edificios de semiperímetro libre tejido: cumplirá con las disposiciones generales del capítulo 3espacio urbano: deberá atenerse a las disposiciones de franja perimetral edificable y centro libre de manzana de acuerdo al gráfico correspondienteusos permitidos: además del uso residencial, se permiten los usos indicados en los cuadros del capítulo 5disposiciones particulares: a) edificios entre medianeras tejido: cumplirá con las disposiciones generales del capítulo 3a eje divisoriolote de 214m2 lote de 9,96 x 24,45 zonificación c3 distrito central c3 caracter: zona destinada a la localización de usos urbanos centrales, a escala de zonas residenciales de densidad mediaplano límite:planta baja y 5 pisos superiores frente a calle y avenida, o de acuerdo al perfil de la medianera existenteplano límite: planta baja y 5 pisos superiores frente a calle y avenida, o de acuerdo al perfil de la medianera existenteincremento del fmáximo otros usos: 1expensas: 0 precio: 150000retiro lateral obligatorio: mínimo a 35 - densidad poblacional neta máxima: 450 hab/hadelimitación: según plano de zonificaciónmáximo uso residencial: 1subdivisión: - unidad mínima de parcela: frente mínimo de veinte metros (20máximo sobre cota de parcela: 000m) y superficie mínima de quinientos metros cuadrados (500m2)- indicadores básicos: - fy densidad: de acuerdo a estímulos previstos, máximo 70%

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  • Tipología edilicia: se permite sin condición del ancho del frente parcelario, edificios entre medianeras, de semiperímetro libre y de perímetro libreel centro libre de manzana podrá ser utilizado bajo cota de parcelay densidad: de acuerdo a estímulos previstos, máximo 70% espacio urbano: deberá atenerse a las disposiciones de franja perimetral edificable y centro libre de manzana, de acuerdo al gráfico correspondienteplano límite: planta baja y 5 pisos superiores frente a calle y avenida (altura máxima 18 metros), o de acuerdo al perfil de la medianera existenteusos permitidos: además del uso residencial, se permiten los usos indicados en los cuadros del capítulo 5disposiciones particulares: a) edificios entre medianeras tejido: cumplirá con las disposiciones generales del capítulo 3expensas: 0 ref#379828 precio: 5500000m) y superficie mínima de seiscientos metros cuadrados (600m2)sobre balcarce 4indicadores básicos: - fequipamiento e2distrito de equipamiento e2 caracter: zona destinada a la localización de usos urbanos de equipamiento y servicios, compatibles con uso residencial de densidad medialote en esquina 221m2 totales 8,80 mtsmáximo otros usos: 1incremento de f5 - densidad poblacional neta máxima: 450 hab/hadelimitación: según plano de zonificaciónmáximo uso residencial: 1subdivisión: - unidad mínima de parcela: frente mínimo de veinte metros (20máximo sobre cota de parcela: 030 sobre teodoro bronzini

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  • Tipología edilicia: se permiten, sin condición del ancho del frente parcelario, edificios entre medianeras, de semiperímetro libre y de perímetro libreel centro libre de manzana podrá ser utilizado bajo cota de parcelaespacio urbano: deberá atenerse a las disposiciones de franja perimetral edificable y centro libre de manzana de acuerdo al gráfico correspondientedelimitación: según plano de zonificacióndisposiciones particulares:a) edificios entre medianerastejido: cumplirá con las disposiciones generales del capítulo 3máximo uso residencial:            1en excelente entorno8- densidad poblacional neta máxima:     450 hab/halote de 11,50 mtssubdivisión:- unidad mínima de parcela: frente mínimo de veinte  metros (20plano límite:planta baja y 3 pisos superiores frente a calle y a avenida, o de acuerdo al perfil de la medianera existenteincremento del fusos permitidos: además del uso residencial se permiten los usos indicados en los cuadros del capítulo 5toma en parte de pago propiedad de menor valor o metros en caso de constructora, hasta un 25% del valory densidad:       de acuerdo a estímulos previstos, máximo 70%indicadores básicos:- fmáximo otros usos:                  0distrito residencial r4caracter: zona destinada a la localización de uso residencial de densidad media con viviendas individuales y colectivas00m) y superficie mínima de quinientos metros cuadrados (500m2)máximo sobre cota de parcela:             0

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