T 50
Listado t 50
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Máximo sobre cota de parcela: 0máximo otros usos: 0b) las parcelas comprendidas en el polígono territorial delimitado por las siguientes calles: beruti, olazábal-derqui, avda1 caso especial a) los predios adyacentes a vías del ferrocarril observarán un retiro de fondo de cuatro metros (4) y la densidad poblacional neta máxima (dn[retasado] lote de 11,50 mtsretiro lateral obligatorio:mínimo 3distrito residencial r4 caracter: zona destinada a la localización de uso residencial de densidad media con viviendas individuales y colectivastoma en parte de pago propiedad de menor valor o metros en caso de constructora, hasta un 25% del valorc) edificios de perímetro libre tejido: cumplirá con las disposiciones generales del capítulo 3máximo uso residencial: 1subdivisión: - unidad mínima de parcela: frente mínimo de veinte metros (20espacio urbano: deberá atenerse a las disposiciones de franja perimetral edificable y centro libre de manzana de acuerdo al gráfico correspondientetodas las fotos, imágenes y vídeos son meramente ilustrativos y no contractuales4 “indicadores básicos” respecto del factor de ocupación total (fb) edificios de semiperímetro libre tejido: cumplirá con las disposiciones generales del capítulo 3todas las medidas enunciadas son meramente orientativas, las medidas exactas serán las que se expresen en el respectivo título de propiedad de cada inmuebledelimitación: según plano de zonificación), incluido el estímulo correspondiente a unificación parcelariaen excelente entornoa eje divisorio(ordenanza 20304) d) en las parcelas frentistas a las calles bernardo de irigoyen (acera par) entre primera junta y almafuerte, y primera junta (acera par) entre leandro ny densidad: de acuerdo a estímulos previstos, máximo 70%usos permitidos: además del uso residencial se permiten los usos indicados en los cuadros del capítulo 5alem y bernardo de irigoyen, no será de aplicación el artículo 300m) y superficie mínima de quinientos metros cuadrados (500m2)constitución (excluidas las parcelas frentistas), josé marmol, fstrobel, charlone, santa cruz y cabral, observarán un plano límite diferencial de siete (7,00) metros y no computarán incrementos por sobre los valores establecidos en el artículo 6retiro lateral obligatorio: mínimo 3disposiciones particulares: (ordenanza 20304) a) edificios entre medianeras tejido: cumplirá con las disposiciones generales del capítulo 3el centro libre de manzana podrá ser utilizado bajo cota de parcelaa ejes divisorioplano límite: planta baja y dos (2) pisos o planta baja libre y tres (3) pisos frente a calle y a avenidainherente a “altura máxima de edificación con planta baja libre”, razón por la cual el plano límite de los edificios proyectados será, exclusivamente, de planta baja y dos (2) pisos o de acuerdo al perfil de la medianera existentela altura máxima por piso no podrá superar los tres (3) metrosincremento del fplano límite: planta baja y dos (2) pisos o planta baja libre y tres (3) pisos frente a calle y a avenida, o de acuerdo al perfil de la medianera existentec) las parcelas comprendidas en el poligono territorial delimitado por las siguientes calles: olavarría, san lorenzo, sarmiento, avellaneda, tucumán, rawson, las heras, garay, sarmiento y rawson, observarán un plano límite diferencial de planta baja y tres (3) pisos o planta baja libre y cuatro (4) pisos, pudiendo en ambos casos, adicionar un (1) piso siempre que se adopte un factor de ocupación de suelo (fos) menor o igual 0,5” (ordenanza 21040)los precios enunciados son meramente orientativos y no contractuales, pudiéndose modificar sin previo aviso8 - densidad poblacional neta máxima: 450 hab/haexpensas: 0 precio: 377000cardiel, liniers, mtipología edilicia: se permiten, sin condición del ancho del frente parcelario, edificios entre medianeras, de semiperímetro libre y de perímetro libreindicadores básicos: - f
Mar del Plata (Buenos Aires)
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Máximo sobre cota de parcela: 0máximo otros usos: 0b) las parcelas comprendidas en el polígono territorial delimitado por las siguientes calles: beruti, olazábal-derqui, avda1 caso especial a) los predios adyacentes a vías del ferrocarril observarán un retiro de fondo de cuatro metros (4) y la densidad poblacional neta máxima (dn[retasado] lote de 11,50 mtsretiro lateral obligatorio:mínimo 3distrito residencial r4 caracter: zona destinada a la localización de uso residencial de densidad media con viviendas individuales y colectivastoma en parte de pago propiedad de menor valor o metros en caso de constructora, hasta un 25% del valorc) edificios de perímetro libre tejido: cumplirá con las disposiciones generales del capítulo 3máximo uso residencial: 1subdivisión: - unidad mínima de parcela: frente mínimo de veinte metros (20espacio urbano: deberá atenerse a las disposiciones de franja perimetral edificable y centro libre de manzana de acuerdo al gráfico correspondientetodas las fotos, imágenes y vídeos son meramente ilustrativos y no contractuales4 “indicadores básicos” respecto del factor de ocupación total (fexpensas: 0 ref#218461 precio: 337000b) edificios de semiperímetro libre tejido: cumplirá con las disposiciones generales del capítulo 3todas las medidas enunciadas son meramente orientativas, las medidas exactas serán las que se expresen en el respectivo título de propiedad de cada inmuebledelimitación: según plano de zonificación), incluido el estímulo correspondiente a unificación parcelariaen excelente entornoa eje divisorio(ordenanza 20304) d) en las parcelas frentistas a las calles bernardo de irigoyen (acera par) entre primera junta y almafuerte, y primera junta (acera par) entre leandro ny densidad: de acuerdo a estímulos previstos, máximo 70%usos permitidos: además del uso residencial se permiten los usos indicados en los cuadros del capítulo 5alem y bernardo de irigoyen, no será de aplicación el artículo 300m) y superficie mínima de quinientos metros cuadrados (500m2)constitución (excluidas las parcelas frentistas), josé marmol, fstrobel, charlone, santa cruz y cabral, observarán un plano límite diferencial de siete (7,00) metros y no computarán incrementos por sobre los valores establecidos en el artículo 6retiro lateral obligatorio: mínimo 3disposiciones particulares: (ordenanza 20304) a) edificios entre medianeras tejido: cumplirá con las disposiciones generales del capítulo 3el centro libre de manzana podrá ser utilizado bajo cota de parcelaa ejes divisorioplano límite: planta baja y dos (2) pisos o planta baja libre y tres (3) pisos frente a calle y a avenidainherente a “altura máxima de edificación con planta baja libre”, razón por la cual el plano límite de los edificios proyectados será, exclusivamente, de planta baja y dos (2) pisos o de acuerdo al perfil de la medianera existentela altura máxima por piso no podrá superar los tres (3) metrosincremento del fplano límite: planta baja y dos (2) pisos o planta baja libre y tres (3) pisos frente a calle y a avenida, o de acuerdo al perfil de la medianera existentec) las parcelas comprendidas en el poligono territorial delimitado por las siguientes calles: olavarría, san lorenzo, sarmiento, avellaneda, tucumán, rawson, las heras, garay, sarmiento y rawson, observarán un plano límite diferencial de planta baja y tres (3) pisos o planta baja libre y cuatro (4) pisos, pudiendo en ambos casos, adicionar un (1) piso siempre que se adopte un factor de ocupación de suelo (fos) menor o igual 0,5” (ordenanza 21040)los precios enunciados son meramente orientativos y no contractuales, pudiéndose modificar sin previo aviso8 - densidad poblacional neta máxima: 450 hab/hacardiel, liniers, mtipología edilicia: se permiten, sin condición del ancho del frente parcelario, edificios entre medianeras, de semiperímetro libre y de perímetro libreindicadores básicos: - f
Mar del Plata (Buenos Aires)
$ 337000
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Máximo sobre cota de parcela: 0máximo otros usos: 0b) las parcelas comprendidas en el polígono territorial delimitado por las siguientes calles: beruti, olazábal-derqui, avda1 caso especial a) los predios adyacentes a vías del ferrocarril observarán un retiro de fondo de cuatro metros (4) y la densidad poblacional neta máxima (dnretiro lateral obligatorio:mínimo 3expensas: 0 precio: 277000distrito residencial r4 caracter: zona destinada a la localización de uso residencial de densidad media con viviendas individuales y colectivasc) edificios de perímetro libre tejido: cumplirá con las disposiciones generales del capítulo 3lote de 11,50 mtsmáximo uso residencial: 1subdivisión: - unidad mínima de parcela: frente mínimo de veinte metros (20espacio urbano: deberá atenerse a las disposiciones de franja perimetral edificable y centro libre de manzana de acuerdo al gráfico correspondientetodas las fotos, imágenes y vídeos son meramente ilustrativos y no contractuales4 “indicadores básicos” respecto del factor de ocupación total (fb) edificios de semiperímetro libre tejido: cumplirá con las disposiciones generales del capítulo 3todas las medidas enunciadas son meramente orientativas, las medidas exactas serán las que se expresen en el respectivo título de propiedad de cada inmueble000 y 120 cuotas fijas de u$s 833delimitación: según plano de zonificación), incluido el estímulo correspondiente a unificación parcelariaen excelente entornoa eje divisorio[retasado] u$s 277y densidad: de acuerdo a estímulos previstos, máximo 70%usos permitidos: además del uso residencial se permiten los usos indicados en los cuadros del capítulo 5(ordenanza 20304) d) en las parcelas frentistas a las calles bernardo de irigoyen (acera par) entre primera junta y almafuerte, y primera junta (acera par) entre leandro n00m) y superficie mínima de quinientos metros cuadrados (500m2)alem y bernardo de irigoyen, no será de aplicación el artículo 3constitución (excluidas las parcelas frentistas), josé marmol, fstrobel, charlone, santa cruz y cabral, observarán un plano límite diferencial de siete (7,00) metros y no computarán incrementos por sobre los valores establecidos en el artículo 6retiro lateral obligatorio: mínimo 3disposiciones particulares: (ordenanza 20304) a) edificios entre medianeras tejido: cumplirá con las disposiciones generales del capítulo 3el centro libre de manzana podrá ser utilizado bajo cota de parcelaa ejes divisorioplano límite: planta baja y dos (2) pisos o planta baja libre y tres (3) pisos frente a calle y a avenidainherente a “altura máxima de edificación con planta baja libre”, razón por la cual el plano límite de los edificios proyectados será, exclusivamente, de planta baja y dos (2) pisos o de acuerdo al perfil de la medianera existentela altura máxima por piso no podrá superar los tres (3) metrosincremento del fplano límite: planta baja y dos (2) pisos o planta baja libre y tres (3) pisos frente a calle y a avenida, o de acuerdo al perfil de la medianera existentec) las parcelas comprendidas en el poligono territorial delimitado por las siguientes calles: olavarría, san lorenzo, sarmiento, avellaneda, tucumán, rawson, las heras, garay, sarmiento y rawson, observarán un plano límite diferencial de planta baja y tres (3) pisos o planta baja libre y cuatro (4) pisos, pudiendo en ambos casos, adicionar un (1) piso siempre que se adopte un factor de ocupación de suelo (fos) menor o igual 0,5” (ordenanza 21040)los precios enunciados son meramente orientativos y no contractuales, pudiéndose modificar sin previo aviso8 - densidad poblacional neta máxima: 450 hab/hacardiel, liniers, mtipología edilicia: se permiten, sin condición del ancho del frente parcelario, edificios entre medianeras, de semiperímetro libre y de perímetro libreindicadores básicos: - f
Mar del Plata (Buenos Aires)
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Máximo sobre cota de parcela: 0máximo otros usos: 0b) las parcelas comprendidas en el polígono territorial delimitado por las siguientes calles: beruti, olazábal-derqui, avda1 caso especial a) los predios adyacentes a vías del ferrocarril observarán un retiro de fondo de cuatro metros (4) y la densidad poblacional neta máxima (dnretiro lateral obligatorio:mínimo 3distrito residencial r4 caracter: zona destinada a la localización de uso residencial de densidad media con viviendas individuales y colectivasc) edificios de perímetro libre tejido: cumplirá con las disposiciones generales del capítulo 3lote de 11,50 mtsmáximo uso residencial: 1subdivisión: - unidad mínima de parcela: frente mínimo de veinte metros (20espacio urbano: deberá atenerse a las disposiciones de franja perimetral edificable y centro libre de manzana de acuerdo al gráfico correspondientetodas las fotos, imágenes y vídeos son meramente ilustrativos y no contractualesexpensas: 0 ref#291604 precio: 2770004 “indicadores básicos” respecto del factor de ocupación total (fb) edificios de semiperímetro libre tejido: cumplirá con las disposiciones generales del capítulo 3todas las medidas enunciadas son meramente orientativas, las medidas exactas serán las que se expresen en el respectivo título de propiedad de cada inmueble000 y 120 cuotas fijas de u$s 833delimitación: según plano de zonificación), incluido el estímulo correspondiente a unificación parcelariaen excelente entornoa eje divisorio[retasado] u$s 277y densidad: de acuerdo a estímulos previstos, máximo 70%usos permitidos: además del uso residencial se permiten los usos indicados en los cuadros del capítulo 5(ordenanza 20304) d) en las parcelas frentistas a las calles bernardo de irigoyen (acera par) entre primera junta y almafuerte, y primera junta (acera par) entre leandro n00m) y superficie mínima de quinientos metros cuadrados (500m2)alem y bernardo de irigoyen, no será de aplicación el artículo 3constitución (excluidas las parcelas frentistas), josé marmol, fstrobel, charlone, santa cruz y cabral, observarán un plano límite diferencial de siete (7,00) metros y no computarán incrementos por sobre los valores establecidos en el artículo 6retiro lateral obligatorio: mínimo 3disposiciones particulares: (ordenanza 20304) a) edificios entre medianeras tejido: cumplirá con las disposiciones generales del capítulo 3el centro libre de manzana podrá ser utilizado bajo cota de parcelaa ejes divisorioplano límite: planta baja y dos (2) pisos o planta baja libre y tres (3) pisos frente a calle y a avenidainherente a “altura máxima de edificación con planta baja libre”, razón por la cual el plano límite de los edificios proyectados será, exclusivamente, de planta baja y dos (2) pisos o de acuerdo al perfil de la medianera existentela altura máxima por piso no podrá superar los tres (3) metrosincremento del fplano límite: planta baja y dos (2) pisos o planta baja libre y tres (3) pisos frente a calle y a avenida, o de acuerdo al perfil de la medianera existentec) las parcelas comprendidas en el poligono territorial delimitado por las siguientes calles: olavarría, san lorenzo, sarmiento, avellaneda, tucumán, rawson, las heras, garay, sarmiento y rawson, observarán un plano límite diferencial de planta baja y tres (3) pisos o planta baja libre y cuatro (4) pisos, pudiendo en ambos casos, adicionar un (1) piso siempre que se adopte un factor de ocupación de suelo (fos) menor o igual 0,5” (ordenanza 21040)los precios enunciados son meramente orientativos y no contractuales, pudiéndose modificar sin previo aviso8 - densidad poblacional neta máxima: 450 hab/hacardiel, liniers, mtipología edilicia: se permiten, sin condición del ancho del frente parcelario, edificios entre medianeras, de semiperímetro libre y de perímetro libreindicadores básicos: - f
Mar del Plata (Buenos Aires)
$ 277000
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